
Si el padre, la madre o quien tiene el cuidado de un menor no está recibiendo ayuda económica de quien está obligado a darla, existe una vía legal para exigirlo: la demanda de pensión de alimentos.
¿Qué es la demanda de pensión de alimentos?
Es la acción legal que puedes presentar ante el Juez de Familia, con el patrocinio de un abogado, en contra de quien —estando obligado a proveer alimentos— se ha negado a cumplir con esa obligación.
El objetivo de esta demanda es que la persona que no ha estado aportando a los gastos de subsistencia de quien depende de ella quede obligada, mediante una sentencia judicial, a pagar mensualmente un monto de dinero determinado por el juez.
Es importante que sepas que, antes de llegar a esta instancia, la ley exige realizar una mediación obligatoria en esta materia.
¿Quiénes pueden iniciar esta acción judicial?
No solo el padre o la madre pueden demandar pensión de alimentos. Estas son las personas que la ley autoriza para hacerlo:
1. El padre o la madre
Quien ha tenido que cubrir, solo o sola, los gastos necesarios para la subsistencia de su hijo, sin la ayuda del otro progenitor.
2. El tutor o cuidador
La persona que tiene el cuidado personal del menor también puede iniciar esta acción, incluso en contra de ambos progenitores si corresponde.
3. El propio hijo, si es mayor de edad
Si el hijo ya cumplió 18 años, puede presentar la demanda de pensión de alimentos por sí mismo, sin necesidad de que lo represente su padre, madre o tutor.

